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LanaChamba

Calculadora RESICO personas físicas

¿Cuánto pago de ISR en RESICO?

Pon lo que cobraste este mes, sin IVA. Te decimos tu tasa, tu ISR y cuánto pagas después de las retenciones.

Ejemplo · cámbialo por lo tuyo

Lo que de verdad te pagaron en el mes, con factura. No lo que facturaste y aún no cobras.

Más ajustes (retenciones de empresas)

Las empresas (personas morales) te retienen 1.25 % de ISR, que restas aquí.

ISR a pagar este mes

$190.00

tasa de 1.10 % sobre lo cobrado

Cobrado en el mes (sin IVA)
$40,000.00
Tasa
1.10 %
ISR del mes
$440.00
Retenido por empresas (1.25 %)
−$250.00
A pagar
$190.00

Se presenta a más tardar el día 17 del mes siguiente.

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Se calcula en tu navegador: no guardamos ni enviamos tu sueldo.

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1

Suma lo cobrado

Todo lo que te pagaron en el mes con factura, sin IVA.

2

Mira tu tasa

Del 1 % al 2.5 %, según cuánto cobraste.

3

Resta retenciones

El 1.25 % que te retuvieron las empresas.

Tasas de RESICO 2026

Se aplica una sola tasa a todo lo que cobraste en el mes, sin IVA y sin restar gastos (artículo 113-E de la Ley del ISR):

Lo cobrado en el mes, hastaTasa
$25,000.001.00 %
$50,000.001.10 %
$83,333.331.50 %
$208,333.332.00 %
$3,500,000.002.50 %

Ejemplo

Cobraste $40,000 en el mes: la tasa es de 1.10 %, así que tu ISR es de $440. Si $20,000 de eso se lo facturaste a empresas, te retuvieron 1.25 % = $250. Pagas $190.

Ojo con los saltos: si cobras $25,000 pagas 1 % ($250); con $25,001 la tasa sube a 1.10 % sobre todo ($275).

Quién puede estar en RESICO

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga en RESICO al mes?

Entre 1 % y 2.5 % de lo que cobraste en el mes, sin IVA: 1 % hasta $25,000, 1.10 % hasta $50,000, 1.50 % hasta $83,333.33, 2 % hasta $208,333.33 y 2.50 % hasta $3.5 millones al año.

¿En RESICO se pueden deducir gastos?

No para el ISR: la tasa se aplica a lo cobrado sin restar gastos. A cambio, las tasas son bajas.

¿Cuánto me retienen en RESICO?

Las empresas te retienen 1.25 % de ISR (y dos terceras partes del IVA). Calcula tu factura con la calculadora de honorarios.

¿El IVA se paga aparte?

Sí. RESICO solo cambia el ISR; el IVA lo declaras igual que antes (el que cobraste menos el que pagaste y te retuvieron).

Es una estimación del pago mensual de personas físicas en RESICO. No incluye el IVA ni sustituye la asesoría de un contador. Datos: LISR art. 113-E (tasas sobre lo cobrado en el mes, sin IVA) y 113-J (retención de 1.25 % por personas morales).

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