Actualizada el 24 de octubre de 2026
Sí te toca finiquito
Renunciar no te quita lo que ya ganaste. Al salir, la empresa debe pagarte el finiquito: el sueldo pendiente, el aguinaldo proporcional, las vacaciones que no tomaste y su prima vacacional (al menos 25 %).
Lo que no te toca al renunciar es la indemnización de 3 meses, y la prima de antigüedad solo si llevas 15 años o más.
Ejemplo
Ganabas $12,000 al mes ($400 diarios), entraste el 1 de marzo de 2023 y renunciaste el 24 de octubre de 2026:
- Aguinaldo: 12.21 días = $4,882.19
- Vacaciones del cuarto año (18 días al año), en proporción: 11.74 días = $4,694.79
- Prima vacacional (25 %): $1,173.70
- Total: $10,750.68; después del ISR, unos $9,728.52
Vacaciones según tu antigüedad
| Años trabajados | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 a 10 | 22 |
| 11 a 15 | 24 |
| 16 a 20 | 26 |
| 21 a 25 | 28 |
| 26 a 30 | 30 |
| 31 a 35 | 32 |
Consejos al renunciar
- Entrega tu renuncia por escrito y quédate con una copia firmada de recibido.
- Revisa el finiquito parte por parte antes de firmar. Si falta algo, pídelo antes de firmar de conformidad.
- Si no te pagan, la Profedet te asesora gratis (800 911 7877).
Preguntas frecuentes
¿Cuándo me deben pagar el finiquito?
Lo normal es al salir o en la siguiente fecha de pago. La ley no da un plazo de días exacto; si se tarda, pide asesoría a la Profedet.
¿Me pueden descontar el finiquito si no avisé con anticipación?
La ley no obliga a avisar con anticipación ni permite descontar el finiquito por eso, aunque tu contrato puede pedir un aviso. Lo que ganaste te lo deben pagar.
¿Me toca prima de antigüedad si renuncio?
Solo si llevas 15 años o más. Lo explicamos en prima de antigüedad.
Es una estimación con las reglas de la ley. No sustituye la asesoría de un abogado laboral o de un contador.